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Mis películas jurídicas favoritas


En este número quiero aprovechar la circunstancia de que estamos en la vuelta al trabajo después de unas estupendas vacaciones y de que en esta época estival apetecen más las lecturas livianas para hablar de un tema menos serio que de costumbre. Hoy queremos hablar de películas de temática jurídica. Películas de juicios o de abogados, o que tratan temas eminentemente jurídicos. El tema da para mucho porque son muchas las películas en la historia del cine que tratan esta temática. No podemos hablar directamente de un subgénero –creo yo–, ya que este cine se mueve entre el género negro o el cine social o el dramático, e incluso la comedia, –dependiendo del enfoque– como veremos. En cualquier caso, son muchas y muy buenas las películas que han tratado este tema. Os voy a comentar las que a mí más me gustan y porqué sin pretender una enumeración exhaustiva impropia de quien no es mas que un humilde abogado aficionado al cine. Lógicamente hablaremos de películas conocidas del gran público.
La primera película que quiero destacar es una obra maestra del cine de todos los tiempos dirigida por quien es, probablemente, el mejor director de cine de la historia. Me refiero a En bandeja de plata, de Willy Wilder. En Bandeja de Plata es una autentica lección de responsabilidad civil que debiera verse y estudiarse en las Facultades de Derecho. En ella un periodista deportivo, interpretado por Jack Lemon, que se encuentra al borde de un campo de fútbol americano es impactado por un jugador que se sale del terreno en un lance del juego. El impacto del enorme deportista sobre el hombrecillo es tremendo y le produce una lesión en la espalda. Esta lesión es la circunstancia que aprovecha su cuñado, el picapleitos sin escrúpulos Willy Grinwich (interpretado por el genial Walter Mathau) para intentar conseguir una sustanciosa indemnización de la compañía de seguros. A partir de aquí empieza un proceso en el que están presentes todos los elementos típicos de la reclamación por responsabilidad civil por daños, tendente a solicitar una buena indemnización. En principio, el genial picapleitos Willy Grinwich, cuñado del lesionado, dispuesto a que su cliente obtenga una buena indemnización sin reparar en los métodos. Para ello, como ocurre en muchas ocasiones en la propia realidad, intenta exagerar el alcance de la lesión hasta que la compañía de seguros pague la indemnización. Con esta finalidad el Letrado Grinwich no duda en contratar los servicios de un médico tramposo que dictamine lo que le interesa, como ocurre también en la realidad cotidiana de los tribunales, en los que se contrata peritos dispuestos a emitir informes favorables a la victima. El lesionado finge igualmente no poder salir de casa donde su cuñado y abogado le confina para que no cometa errores que delaten su maniobra fraudulenta. Este tipo de cosas ocurren en la realidad cotidiana de las reclamaciones, ya que las personas que están en trámite de reclamación fingen una incapacidad hasta conseguir una indemnización. En fin, como digo, un auténtico tratado de responsabilidad civil por daños que Willy Wilder resuelve con una maestría genial y que cualquier estudiante de derecho debería ver.
Otra película en la que la temática Jurídica se trata con maestría, en esta ocasión española, es El Pisito de Marco Ferreri e Isidro M. Ferry, con genial guión de Rafael Azcona. La película describe la situaciones que producía una muy deficiente política de vivienda en la España de la posguerra y la legislación de arrendamientos urbanos. La antigua legislación de 1946 (y sus posteriores modificaciones y textos refundidos), sometía los arrendamientos de vivienda a prórroga forzosa. Es decir, el contrato una vez suscrito se prorrogaba de forma indefinida llegando incluso a dar derecho de subrogación a los descendientes del inquilino al fallecimiento de éste. En una situación de escasez endémica de vivienda y en un país enormemente deprimido, poder tener un contrato de arrendamiento indefinido era de una importancia extraordinaria. El protagonista, Jose Luis López Vázquez y su novia Mari Carrillo, viven en una casa en situación de subarriendo, al igual que otros huéspedes a los que la arrendataria anciana les alquilaba habitaciones. La película describe con maestría toda la problemática de los arrendamientos y los entresijos de la Legislación arrendaticia y sus recovecos. Hasta el punto que llegue a pensar que Azcona tenia estudios jurídicos e investigué sobre ello. Pero, simplemente, es que estaba fenomenalmente documentado. En la película todos los inquilinos de la casa se preguntan qué sucederá con el contrato de arrendamiento cuando muera “la vieja”, que era soltera y sin hijos. Y llegan a la conclusión de que a su muerte el contrato se extinguirá y todos irán a la calle. Después de muchas reflexiones Jose Luis Lopéz Vázquez, con el triste consentimiento de su novia, decide casarse con “la vieja”, así una vez viudo será el arrendatario y podrá casarse con su novia de toda la vida y formar una familia, cosa que como es lógico esta amparado por la Ley de Arrendamientos Urbanos. Genial lección de arrendamientos urbanos.
Otra de las películas que más y mejor contenido jurídico tiene, a mi juicio, en el cine español es El Crimen de Cuenca de Pilar Miro. En esta película se narra el que a principios del siglo XX se conoció en la opinión pública como El Crimen de Cuenca. En un pueblo de tal provincia, un pastor, José María Grimaldos, se despidió diciendo que se iba a tomar las aguas de un pueblo de al lado sin que se volviera a saber de él. Después de una primera denuncia de la familia se archivaron las actuaciones por falta de pruebas, teniendo en cuenta que además el cadáver no había aparecido. Poco después se reabrieron las actuaciones recayendo las sospechas de homicidio en dos trabajadores de la finca donde Grimaldos trabajaba. El exceso de celo de la Guardia Civil la llevó a sospechar de estos dos trabajadores, y las prácticas inhumanas de la España de la época hicieron que los mencionados sospechosos fuesen torturados hasta reconocer un crimen que no habían cometido. Ya posteriormente, en la fase del Juicio ante la Audiencia Provincial, estos inocentes culpables fueron aconsejados por sus defensas para que se conformasen con la declaración y admitiesen la autoría con la finalidad de lograr la reducción de la condena, como realmente ocurrió. Al cabo de poco tiempo de cumplir la pena los condenados, el supuesto fallecido, José María Grimaldos, apareció. El párroco de un pueblo de al lado del suyo solicitaba una certificación de bautismo porque iba a contraer matrimonio. Es decir, Grimaldos estaba vivo y se evidenciaba que había un error judicial inducido por una declaración falsa obtenida bajo torturas de la Guardia Civil. Descubierto que Grimaldos estaba vivo y que habitaba en un pueblo de al lado donde tenia dos hijos, el Tribunal Supremo insto la averiguación de los hechos para, a través del Recurso de Revisión, obtener la declaración de nulidad de la condena y la indemnización a los afectados por error judicial. Y así fue. Finalmente, el Tribunal Supremo declaró la nulidad de la condena y se dio a los afectados una indemnización en forma de renta vitalicia. La película es magistral en la descripción y narración de las diversas fases del juicio (Instrucción, juicio oral, recurso de revisión). Indudablemente, se nota que Pilar Miró era licenciada en Derecho porque logra hacernos comprender las distintas actuaciones de un juicio ante distintos órganos, sus trámites, la instrucción del sumario, etc. Además del contenido propiamente procesal y legal de la película, la misma, a mayor abundamiento, fue objeto de enjuiciamiento ante la jurisdicción militar por supuestas injurias a la Guardia Civil. Como hemos dicho, la película mostraba con toda crudeza las terribles torturas que habían padecido los condenados y en España de finales de los años setenta, aunque fuese verdad, eso no podía decirse. Así que su exhibición estuvo prohibida durante muchos meses, lo que hizo que llegase a las pantallas con un gran éxito de taquilla.
En definitiva, una gran película cien por cien jurídica en su contenido y en las circunstancias que la rodearon.
Otra de las películas grandes en el género jurídico es Testigo de Cargo, de Willy Wilder (aunque parece de Hitchock). Ver cómo el genial Sir Charles Laughton va eliminando con maestría, a través de sus hábiles interrogatorios las pruebas que incriminaban a la acusada de asesinato en el juicio es una magistral clase de cómo debe practicarse un interrogatorio. Además, el desarrollo del juicio es magistral. Para dar veracidad a la película se reprodujo con total fidelidad una Sala de Justicia de la Corte Británica que costó en aquella época 70.000 $. El resultado es una magistral lección de abogacía del genial Sir Charles.
Y la última película que comentaré por hoy es otro de los grandes clásicos de películas de abogados: Veredicto Final, de Sidney Lumet, y protagonizada por el gran Paul Newman en el que fue su último gran papel. A partir de ese momento solo haría papeles cortos y secundarios. En la película, Newman encarna a un abogado fracasado, alcohólico y hundido al que se presenta un caso con el que se redime a sí mismo como abogado. Pleitea con el Arzobispado de Boston por una negligencia médica que lleva a una chica Joven a un estado de coma irreversible, despreciando un sustancioso acuerdo económico que podría sacarle de la ruina. Newman dibuja magistralmente la realidad de muchos abogados en Estados Unidos. Contra lo que se piensa, en USA, no todos los abogados nadan en la abundancia. Es una profesión de una enorme desigualdad en la que es muy difícil conseguir asuntos buenos económicamente para defender si no es a través de los grandes despachos. Newman interpreta la vocación por hacer justicia, por encima incluso de su necesidad de salir de la miseria. Toda una lección de honestidad en el ejercicio de la profesión.
Y dado que me he alargado más de lo previsto, dejaré para una segunda parte el comentario de otras películas jurídicas tan buenas como las que he enumerado.

Javier F. González Martín & Asociados

Publicado en Visual 182

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One comment on “Mis películas jurídicas favoritas

Paco

Mencionáis a Hitchock y a Willy Wilder, y no mencionáis la película de «El hombre del brazo de oro» de Otto Preminger?

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